Art. Noveno

En vigor desde 2 may 2005
La documentación presentada por el solicitante permanecerá en su expediente, como parte integrante del mismo, una vez finalizado el procedimiento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2005/02/18/(1)#noveno

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil