Art. Duodécimo

En vigor desde 6 dic 2011
La sede electrónica de la CNMV contendrá información que facilite a los interesados la utilización de los procedimientos de identificación y firma electrónica previstos en la Ley, o el enlace con la dirección en que dicha información se contenga. De igual modo, se incluirá información detallada sobre la utilización, validación y conservación de los ficheros de acuse de recibo entregados como consecuencia de la presentación de cualquier tipo de documento ante el Registro Electrónico.
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eli/es/res/2011/11/16/(12)#duodecimo

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