Título TÍTULO XV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Faltas
Art. 101
En vigor desde 18 may 2019
Las faltas disciplinarias del personal laboral cometidas con ocasión o como consecuencia del trabajo podrán ser muy graves, graves o leves.
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Proeli/es/res/2019/05/13/(1)#art-101