Art. 146
Salas de recurso
En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 146
Salas de recurso
Además de las competencias que les confiere el artículo 165 del Reglamento (UE) 2017/1001, las salas de recurso serán competentes para resolver sobre los recursos interpuestos contra las resoluciones de las instancias de la Oficina a que se refieren el artículo 141, letras a), b) y c), del presente Reglamento en relación con los procedimientos establecidos en el presente Reglamento.
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