Art. 11

Tratamiento de datos personales en AGORA

En vigor desde 15 feb 2024
Artículo 11 Tratamiento de datos personales en AGORA 1.   La transmisión, conservación y otro tratamiento de datos personales en AGORA solo podrá tener lugar cuando sea necesario y proporcionado y únicamente para los fines siguientes: a) apoyar las comunicaciones entre los agentes de AGORA en relación con la supervisión, la investigación, la ejecución y el seguimiento con arreglo al Reglamento (UE) 2022/2065; b) tramitación de casos por parte de los agentes de AGORA cuando llevan a cabo sus propias actividades en relación con la supervisión, la investigación, la ejecución y el seguimiento con arreglo al Reglamento (UE) 2022/2065; c) llevar a cabo las transformaciones empresariales y técnicas de los datos enumerados en el presente Reglamento, cuando sea necesario para permitir el intercambio de información a que se refieren las letras a) y b). 2.   Los datos personales en AGORA se podrán tratar únicamente respecto de las categorías de interesados siguientes: a) personas físicas cuya información personal está contenida en documentos obtenidos en relación con la supervisión, la investigación, la ejecución y el seguimiento con arreglo al Reglamento (UE) 2022/2065; b) los administradores de AGORA y usuarios de AGORA a los que se ha concedido acceso a AGORA. 3.   Los datos personales en AGORA se podrán tratar únicamente respecto de las categorías de datos personales: a) datos de identificación, datos de contacto, datos de participación en el caso, datos relacionados con el caso y cualquier otra información que se considere necesaria para la supervisión, investigación, ejecución y seguimiento con arreglo al Reglamento (UE) 2022/2065; b) nombre, dirección, información de contacto, número de contacto e identificación de usuario de los administradores y usuarios de AGORA a que se refiere el apartado 2, letra b). 4.   AGORA almacenará las categorías de datos personales enumeradas en el artículo 11, apartado 3, del presente Reglamento y los registros que indiquen información sobre el flujo y los movimientos de los datos intercambiados realizados para la supervisión, la investigación, la ejecución y el seguimiento con arreglo al Reglamento (UE) 2022/2065. 5.   El almacenamiento de los datos a que se refiere el apartado 2 se llevará a cabo utilizando una infraestructura informática situada en el Espacio Económico Europeo. 6.   Cada agente AGORA velará por que los interesados puedan ejercer sus derechos de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y el Reglamento (UE) 2018/1725, y será responsable del cumplimiento de estos reglamentos en lo que respecta a las actividades de tratamiento de datos personales realizadas en su nombre. 7.   Las autoridades nacionales de control y el Supervisor Europeo de Protección de Datos, cada uno dentro del ámbito de sus competencias respectivas, garantizarán una supervisión coordinada de AGORA y su uso por parte de los administradores y usuarios de AGORA.
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