Art. 33

Principios de la seguridad

En vigor desde 28 abr 2021
Artículo 33 Principios de la seguridad La seguridad del Programa se basará en los principios siguientes: a) tener en cuenta la experiencia de los Estados miembros en el ámbito de la seguridad e inspirarse en sus mejores prácticas; b) utilizar normas de seguridad del Consejo y de la Comisión que establezcan, entre otras cosas, una separación entre las funciones operativas y las relacionadas con la acreditación.
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