Art. 33 · Principios de la seguridad

Art. 33

Principios de la seguridad

En vigor desde 28 abr 2021
Artículo 33 Principios de la seguridad La seguridad del Programa se basará en los principios siguientes: a) tener en cuenta la experiencia de los Estados miembros en el ámbito de la seguridad e inspirarse en sus mejores prácticas; b) utilizar normas de seguridad del Consejo y de la Comisión que establezcan, entre otras cosas, una separación entre las funciones operativas y las relacionadas con la acreditación.
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