Art. 16

Información mencionada en el artículo 55, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/6

En vigor desde 8 ene 2021
Artículo 16 Información mencionada en el artículo 55, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/6 La Agencia velará por que la base de datos de la Unión sobre medicamentos contenga los campos de datos especificados en el anexo II con sus descripciones y en los formatos indicados en dicho anexo para registrar la información mencionada en el artículo 55, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/6.
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