Art. 44
Documento de identificación de los bovinos en cautividad
En vigor desde 28 jun 2019
Artículo 44
Documento de identificación de los bovinos en cautividad
Los documentos de identificación de bovinos en cautividad contemplados en el artículo 112, letra b), del Reglamento (UE) 2016/429 recogerán la información siguiente:
a)
la información establecida en el artículo 42, letras a) a d);
b)
la fecha de nacimiento de cada animal;
c)
el nombre de la autoridad competente expedidora o del organismo expedidor al que se haya asignado la tarea;
d)
la fecha de expedición.
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