Art. 55

Requisitos relativos a las zonas de clase C

En vigor desde 15 mar 2019
Artículo 55 Requisitos relativos a las zonas de clase C 1.   Las autoridades competentes podrán clasificar como zonas de clase C aquellas en las que pueden recolectarse moluscos bivalvos vivos que únicamente podrán comercializarse tras su reinstalación durante un período prolongado, de modo que cumplan las normas sanitarias mencionadas en el artículo 53. 2.   En los moluscos bivalvos vivos procedentes de dichas zonas no se sobrepasarán los 46 000E. coli por 100 g de carne y líquido intravalvar.
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