Art. 125

Certificado de conformidad

En vigor desde 11 dic 2018
Artículo 125 Certificado de conformidad A fin de comprobar si los datos presentados para obtener un certificado de conformidad cumplen las monografías de la Farmacopea Europea, el órgano de normalización de las nomenclaturas y normas de calidad en el sentido del Convenio sobre la elaboración de una Farmacopea Europea, aceptado en virtud de la Decisión 94/358/CE del Consejo (27) (Dirección Europea de Calidad del Medicamento y la Asistencia Sanitaria), podrá dirigirse a la Comisión o a la Agencia para solicitar una inspección de la autoridad competente si la materia prima de que se trate es objeto de una monografía de la Farmacopea europea.
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