Art. 3

En vigor desde 17 nov 2017
Artículo 3 Los puntos de repostaje de GNL para los buques de navegación interior y las embarcaciones marítimas no incluidos en el Código Internacional para la construcción y equipamiento de buques que transporten gases licuados a granel (Código IGC) serán conformes con la norma EN ISO 20519.
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