Art. 143
Protección de datos
En vigor desde 15 mar 2017
Artículo 143
Protección de datos
1. Los Estados miembros aplicarán la Directiva 95/46/CE al tratamiento de datos personales que realicen en virtud del presente Reglamento.
2. El Reglamento (CE) n.o 45/2001 se aplicará al tratamiento de datos personales por la Comisión con arreglo al presente Reglamento.
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