Art. 23
Procedimientos para la presentación de solicitudes
En vigor desde 13 mar 2017
Artículo 23
Procedimientos para la presentación de solicitudes
Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 9, 24 y 25, los Estados miembros establecerán los procedimientos para la presentación de las solicitudes de ayuda, las solicitudes de reconocimiento o aprobación de programas operativos y para las solicitudes de pago.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2017:892:oj#art-23