Art. 15
Procedimiento de notificación de la ECC a su autoridad competente
En vigor desde 24 jun 2016
Artículo 15
Procedimiento de notificación de la ECC a su autoridad competente
Cuando una ECC solicite permiso para acogerse a las disposiciones transitorias del artículo 35, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 600/2014, enviará a su autoridad competente una notificación por escrito, utilizando el formulario 1 que figura en el anexo del presente Reglamento.
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