Art. 31

Notificación operacional relativa a módulos de generación de electricidad de tipo B, C y D

En vigor desde 14 abr 2016
Artículo 31 Notificación operacional relativa a módulos de generación de electricidad de tipo B, C y D El procedimiento de notificación operacional para conexión de cada módulo de generación de electricidad de tipo B, C y D nuevo deberá permitir el uso de certificados de equipo emitidos por un certificador autorizado.
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