Art. 31 · Notificación operacional relativa a módulos de generación de electricidad de tipo B, C y D

Art. 31

Notificación operacional relativa a módulos de generación de electricidad de tipo B, C y D

En vigor desde 14 abr 2016
Artículo 31 Notificación operacional relativa a módulos de generación de electricidad de tipo B, C y D El procedimiento de notificación operacional para conexión de cada módulo de generación de electricidad de tipo B, C y D nuevo deberá permitir el uso de certificados de equipo emitidos por un certificador autorizado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2016:631:oj#art-31