Art. 9

Códigos de barras en el envase

En vigor desde 2 oct 2015
Artículo 9 Códigos de barras en el envase A efectos de identificación y verificación de su autenticidad, los medicamentos que tengan que llevar dispositivos de seguridad de conformidad con el artículo 54 bis de la Directiva 2001/83/CE no llevarán visiblemente en el envase ningún código de barras bidimensional distinto del que contiene el identificador único.
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