Art. 10

Requisitos sobre el rendimiento de la unidad de propulsión

En vigor desde 1 oct 2014
Artículo 10 Requisitos sobre el rendimiento de la unidad de propulsión Para evaluar el rendimiento de la unidad de propulsión de los vehículos agrícolas y forestales, deberán medirse la potencia neta del motor, el par del motor y el consumo específico de combustible de conformidad con el Reglamento CEPE no 120, serie 01 de modificaciones.
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