Art. 86

Capital de nivel 1 admisible incluido en el capital de nivel 1 adicional consolidado

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 86 Capital de nivel 1 admisible incluido en el capital de nivel 1 adicional consolidado Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 84, apartados 5 y 6, las entidades determinarán el importe del capital de nivel 1 admisible de una filial incluido en el capital de nivel 1 adicional consolidado detrayendo del capital de nivel 1 admisible de esa filial incluido en el capital de nivel 1 consolidado los intereses minoritarios de la misma incluidos en el capital de nivel 1 ordinario consolidado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:575:oj#art-86

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil