Art. 5
En vigor desde 1 jul 2011
Artículo 5
Las formalidades relativas a la toma de muestras se definen en el artículo 98 del Reglamento (CE) no 1623/2000. El precio de las muestras será de 10 EUR por litro.
El organismo de intervención facilitará toda la información necesaria sobre las características de los alcoholes puestos a la venta.
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