Art. 5
Métodos de medición
En vigor desde 4 may 2011
Artículo 5
Métodos de medición
La información que habrá de proporcionarse con arreglo al artículo 3 se obtendrá con procedimientos de medición fiables, exactos y reproducibles, que tengan en cuenta los métodos de cálculo y de medición más avanzados reconocidos, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo VII.
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