Art. 77

Planes y programas de control para el pesaje de productos de la pesca después del transporte desde el lugar de desembarque

En vigor desde 8 abr 2011
Artículo 77 Planes y programas de control para el pesaje de productos de la pesca después del transporte desde el lugar de desembarque 1.   El plan de control contemplado en el artículo 61, apartado 1, del Reglamento de control, y cualquier modificación sustancial del mismo, será adoptado por los Estados miembros con arreglo a la metodología basada en el análisis de riesgos que se describe en el anexo XXI. 2.   Cuando los Estados miembros se propongan adoptar planes de control como los contemplados en el artículo 61, apartado 1, del Reglamento de control, presentarán un único plan de control por Estado miembro que contenga todas las operaciones de transporte de productos de la pesca que vayan a pesarse después de transporte. Dicho plan de control se presentará en el plazo de seis meses transcurridos desde la entrada en vigor del presente Reglamento. Este plan de control único podrá constar de distintas partes correspondientes a distintas pesquerías 3.   El programa común de control contemplado en el artículo 61, apartado 2, del Reglamento de control, y cualquier modificación sustancial del mismo, será adoptado por los Estados miembros con arreglo a la metodología basada en el análisis de riesgos que se describe en el anexo XXII. 4.   Cuando los Estados miembros se propongan adoptar programas comunes de control como los contemplados en el artículo 61, apartado 2, del Reglamento de control, los presentarán en el plazo de seis meses transcurridos desde la entrada en vigor del presente Reglamento. 5.   Todo nuevo plan de control como el contemplado en el apartado 2, o todos los programas comunes de control como aquellos a los que se alude en el apartado 4, que vayan a adoptarse después de la fecha contemplada en los apartados 2 y 4, o cualquier modificación de tales planes o programas, se presentarán tres meses antes de que concluya el ejercicio precedente a la fecha de entrada en vigor de dichos planes o programas.
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