Art. 50
Método de cálculo
En vigor desde 8 abr 2011
Artículo 50
Método de cálculo
1. El peso de pescado vivo se obtendrá multiplicando el peso de pescado transformado por los coeficientes de conversión a los que hace referencia el artículo 49 del presente Reglamento para cada especie y presentación.
2. En caso de presentación colectiva, únicamente se utilizará un coeficiente de conversión correspondiente a una de las partes de la presentación colectiva del pescado.
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