Art. 50

Método de cálculo

En vigor desde 8 abr 2011
Artículo 50 Método de cálculo 1.   El peso de pescado vivo se obtendrá multiplicando el peso de pescado transformado por los coeficientes de conversión a los que hace referencia el artículo 49 del presente Reglamento para cada especie y presentación. 2.   En caso de presentación colectiva, únicamente se utilizará un coeficiente de conversión correspondiente a una de las partes de la presentación colectiva del pescado.
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