Art. 18

Reducciones y exclusiones en caso de incumplimiento de otros criterios de admisibilidad, compromisos y obligaciones conexas

En vigor desde 27 ene 2011
Artículo 18 Reducciones y exclusiones en caso de incumplimiento de otros criterios de admisibilidad, compromisos y obligaciones conexas 1.   La ayuda solicitada se reducirá o denegará cuando no se cumplan las obligaciones y criterios siguientes: a) para las medidas mencionadas en el artículo 36, letra a), incisos (iv) y (v), y letra b), inciso v), del Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo, las normas obligatorias pertinentes junto con los requisitos mínimos para el uso de abonos y productos fitosanitarios, los demás requisitos obligatorios pertinentes mencionados en el artículo 39, apartado 3, el artículo 40, apartado 2, y el artículo 47, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1698/2005 de del Consejo, y los compromisos que van más allá de tales normas y requisitos; o b) los criterios de admisibilidad distintos de los relacionados con la extensión de la superficie o el número de animales declarados. En caso de compromisos plurianuales, las reducciones, exclusiones y recuperaciones de ayuda también se aplicarán a las cantidades ya pagadas en los años anteriores por dichos compromisos. 2.   El Estado miembro recuperará y/o rechazará la ayuda o determinará la reducción de la ayuda en funci''on de la gravedad, alcance y persistencia del incumplimiento detectado. La gravedad del incumplimiento dependerá, en especial, de la importancia de sus consecuencias, teniendo en cuenta los objetivos de los criterios que no se hayan cumplido. El alcance del incumplimiento dependerá, en especial, de su efecto en la operación en su conjunto. La persistencia del incumplimiento dependerá, en especial, de la duración de sus efectos o de la posibilidad de poner fin a dichos efectos por medios razonables. 3.   Si el incumplimiento se debe a irregularidades cometidas intencionalmente, el beneficiario quedará excluido de la medida en cuestión durante el año natural correspondiente y durante el siguiente.
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