Art. 10
Procedimientos de reclamación por presuntas infracciones del presente Reglamento
En vigor desde 16 sept 2009
Artículo 10
Procedimientos de reclamación por presuntas infracciones del presente Reglamento
1. Los Estados miembros establecerán procedimientos que permitan a los usuarios de servicios de pago y demás partes interesadas presentar reclamaciones a las autoridades competentes en relación con presuntas infracciones, por parte de los proveedores de servicios de pago, de las disposiciones del presente Reglamento.
A tal fin, los Estados miembros podrán utilizar o ampliar los procedimientos existentes.
2. Cuando corresponda, y sin perjuicio del derecho a presentar una demanda ante un órgano jurisdiccional de conformidad con el Derecho procesal nacional, las autoridades competentes deberán informar a la parte que ha presentado una reclamación de la existencia de los procedimientos extrajudiciales de reclamación y recurso establecidos de conformidad con el artículo 11.
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