Art. 46

Plazo y forma del recurso

En vigor desde 20 feb 2008
Artículo 46 Plazo y forma del recurso El recurso y el escrito de motivación de este deberán interponerse por escrito ante la Agencia en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación de la decisión a la persona interesada o, a falta de notificación, desde la fecha en que dicha persona tuvo conocimiento de la decisión, según proceda.
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