Art. 46
Plazo y forma del recurso
En vigor desde 20 feb 2008
Artículo 46
Plazo y forma del recurso
El recurso y el escrito de motivación de este deberán interponerse por escrito ante la Agencia en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación de la decisión a la persona interesada o, a falta de notificación, desde la fecha en que dicha persona tuvo conocimiento de la decisión, según proceda.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2008:216:oj#art-46