Art. 12
Mantenimiento de la información sobre el ordenante con la transferencia
En vigor desde 15 nov 2006
Artículo 12
Mantenimiento de la información sobre el ordenante con la transferencia
Los prestadores del servicio de pagos intermediarios se asegurarán de que toda la información recibida sobre el ordenante que acompaña a una transferencia de fondos se mantenga con la misma.
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