Art. 12 · Mantenimiento de la información sobre el ordenante con la transferencia

Art. 12

Mantenimiento de la información sobre el ordenante con la transferencia

En vigor desde 15 nov 2006
Artículo 12 Mantenimiento de la información sobre el ordenante con la transferencia Los prestadores del servicio de pagos intermediarios se asegurarán de que toda la información recibida sobre el ordenante que acompaña a una transferencia de fondos se mantenga con la misma.
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