Art. 5
Coherencia entre las diferentes fuentes de financiación
En vigor desde 27 jun 2006
Artículo 5
Coherencia entre las diferentes fuentes de financiación
Los Estados miembros garantizarán la coherencia y la complementariedad de las medidas o acciones financiadas por el plan de reestructuración o por otros fondos comunitarios a escala regional o nacional, así como la ausencia de duplicación entre ellas.
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