Capítulo PARTE PRIMERA

Art. [Apartado] 22

En vigor desde 13 nov 1922
La prueba de méritos aducida en un expediente resuelto o pendiente no puede utilizarse en otro expediente distinto. Sin embargo de ello, cuando alguien haya instado simultáneamente la rehabilitación de dos o más Dignidades nobiliarias, cuyo último poseedor legal fuera una misma persona, no se aplicará la regla antedicha, aunque las peticiones consten en solicitudes separadas.
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eli/es/o/1922/10/21/(1)#apartado-22

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