Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Efectos de las disposiciones de insolvencia

Art. Artículo decimocuarto

En vigor desde 15 mar 2005
1. Las medidas de saneamiento y liquidación podrán consistir en la apertura de un procedimiento concursal o de un procedimiento de liquidación administrativa. 2. En caso de apertura de un procedimiento concursal, se considerarán: a) Medidas de saneamiento en España, la apertura del concurso en los términos previstos en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. b) Procedimiento de liquidación en España, la apertura de la fase de liquidación del concurso, de conformidad con lo establecido en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/2005/03/11/5#articulo-decimocuarto

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil