Título TÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 23 dic 2018
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden IET/594/2014, de 10 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para los ejercicios 2013 a 2018 de las ayudas destinadas específicamente a cubrir costes excepcionales que se produzcan o se hayan producido a causa del cierre de unidades de producción de carbón incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España para la minería de carbón no competitiva: Uno. Se modifica el artículo 2 que pasa a tener la siguiente redacción: «Lo dispuesto en esta orden será aplicable a las ayudas que se convoquen entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2025.» Dos. Se modifica el apartado 2 del artículo 10 en los términos siguientes: «2. Las empresas que, reuniendo los requisitos exigidos en esta orden, deseen acogerse a estas ayudas presentarán su solicitud, con la documentación que deba acompañarla, en el plazo de cuatro meses desde la fecha de eficacia de la resolución de la convocatoria, dirigida al Presidente del Instituto, en la forma prevista en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.»
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eli/es/rdl/2018/12/21/25#disposicion-final-primera

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