Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria quinta
En vigor desde 13 nov 2015
El plazo de seis meses a que se refiere el artículo 77.3 de esta ley comenzará a computar el 28 de abril de 2015.
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Proeli/es/rdlg/2015/10/23/4#disposicion-transitoria-quinta