Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª La inscripción de la operación de aumento
Art. 315
En vigor desde 3 may 2021
El acuerdo de aumento del capital social y la ejecución del mismo deberán inscribirse simultáneamente en el Registro Mercantil.
Se modifica por el .6 de la Ley 5/2021, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2021-5773#at
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Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-315