Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 286
En vigor desde 1 sept 2010
Los administradores o en su caso, los socios autores de la propuesta deberán redactar el texto íntegro de la modificación que proponen y, en las sociedades anónimas, deberán redactar igualmente un informe escrito con justificación de la misma.
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Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-286