Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición transitoria decimonovena
En vigor desde 13 ene 2010
Los procedimientos referidos a actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social, contemplados en el artículo 31 de esta Ley, que se hayan iniciado con anterioridad a 1 de enero de 2010, se tramitarán hasta su finalización de conformidad con la normativa vigente en el momento de su inicio.
Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2010, por la disposición final 3.15 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20765 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/1994/06/20/1#disposicion-transitoria-decimonovena