Art. 8
En vigor desde 21 ene 1913
El Patronato someterá en término de dos meses al Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes un proyecto para su Reglamento interior, que comprenda, no sólo el funcionamiento del Patronato mismo y su relación con aquél, sino el de todos los servicios técnicos, administrativos y subalternos del nuevo Museo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1912/12/30/(1)#art-8