Art. 8

Art. 8

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En vigor desde 21 ene 1913
El Patronato someterá en término de dos meses al Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes un proyecto para su Reglamento interior, que comprenda, no sólo el funcionamiento del Patronato mismo y su relación con aquél, sino el de todos los servicios técnicos, administrativos y subalternos del nuevo Museo.
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eli/es/rd/1912/12/30/(1)#art-8