Art. 6
En vigor desde 21 ene 1913
Para la mejor organización del nuevo Museo y la gestión de los fines que en el presente Decreto se le atribuyen, se crea un Patronato del Museo Nacional de Artes Industriales.
El Patronato estará constituido por nueve miembros nombrados por Real decreto a propuesta del Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes entre las personas que más se hayan distinguido por su competencia o por sus servicios al arte industrial en España.
Serán además Vocales natos:
El Inspector general de Bellas Artes.
El Director de la Escuela de Artes y Oficios de Madrid.
El Director de la Escuela Industrial de Madrid.
El cargo de individuo del Patronato, como tal, será gratuito y honorífico.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1912/12/30/(1)#art-6