Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 1735

En vigor desde 16 ago 1889
El nombramiento de nuevo mandatario para el mismo negocio produce la revocación del mandato anterior desde el día en que se hizo saber al que lo había recibido, salvo lo dispuesto en el artículo que precede.
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eli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-1735

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