Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO PRIMEROSecc. Sección novena. Compañías de ferrocarriles y demás obras públicas

Art. 184

En vigor desde 1 nov 1996
Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías las operaciones siguientes: 1.ª La construcción de las vías férreas y demás obras públicas, de cualquier clase que fueren. 2.ª La explotación de las mismas, bien a perpetuidad o bien durante el plazo señalado en la concesión.
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eli/es/rd/1885/08/22/(1)#art-184

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