Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO PRIMERO›Secc. Sección novena. Compañías de ferrocarriles y demás obras públicas
Art. 184
En vigor desde 1 nov 1996
Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías las operaciones siguientes:
1.ª La construcción de las vías férreas y demás obras públicas, de cualquier clase que fueren.
2.ª La explotación de las mismas, bien a perpetuidad o bien durante el plazo señalado en la concesión.
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Proeli/es/rd/1885/08/22/(1)#art-184