Libro LIBRO IIITítulo De los artículos de previo pronunciamiento

Art. 666

En vigor desde 1 jun 1997
Serán tan sólo objeto de artículos de previo pronunciamiento las cuestiones o excepciones siguientes: 1.ª La de declinatoria de jurisdicción. 2.ª La de cosa juzgada. 3.ª La de prescripción del delito. 4.ª La de amnistía o indulto. 5.ª La falta de autorización administrativa para procesar en los casos en que sea necesaria, con arreglo a la Constitución y a Leyes especiales.
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eli/es/rd/1882/09/14/(1)#art-666

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