Art. Disposición final primera

En vigor desde 4 jul 2001
Los Ministerios de la Presidencia, de Educación, Cultura y Deporte y de Ciencia y Tecnología prestarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, el apoyo administrativo necesario para el funcionamiento del Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas. En todo caso, la organización y funcionamiento del Consejo no supondrá aumento del gasto público. Se modifica por el art. único del Real Decreto 745/2001, de 29 de junio. Ref. BOE-A-2001-12769 .

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eli/es/rd/1998/05/22/991#disposicion-final-primera

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