Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª: De las enseñanzas de «Artes Plásticas y Diseño»
Art. 47
En vigor desde 18 feb 1998
En el curso académico 2000-2001 se iniciará la implantación de los estudios superiores de diseño, así como la de aquellos estudios superiores de Artes Plásticas y Diseño que resulten de la nueva ordenación.
En los cursos sucesivos se continuará la implantación gradual de los restantes cursos que resulten de la nueva ordenación de estas enseñanzas.
Se modifica por el art. único.15 del Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero. Ref. BOE-A-1998-3563 . Se modifica por el del Real Decreto 1468/1997, de 19 de septiembre. Ref. BOE-A-1997-20176 . Se modifica por el art. único.24 del Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio. Ref. BOE-A-1994-17631 . Se modifica por el art. único.24 del Real Decreto 535/1993, de 12 de abril. Ref. BOE-A-1993-11247 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1991/06/14/986#art-47