Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª: De la «Danza»

Art. 39

En vigor desde 26 jun 1991
Las equivalencias, a efectos académicos, de los cursos realizados según los planes de estudios de «Danza Española» y «Ballet Clásico» que se extinguen, en relación con los cursos de la nueva ordenación del sistema educativo, quedan establecidas como se detalla en el anexo IV del presente Real Decreto.
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eli/es/rd/1991/06/14/986#art-39

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