Art. 4

En vigor desde 13 mar 2019
1. La Comisión Rectora se reunirá al menos una vez al semestre con carácter ordinario. También podrán celebrarse sesiones extraordinarias por decisión de su Presidente por propia iniciativa o a solicitud de la Gerencia o de la cuarta parte de sus miembros. 2. Los miembros de la Comisión Rectora podrán solicitar que se incluyan puntos en el orden del día con quince días, al menos, de antelación a su celebración.
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eli/es/rd/2019/03/01/96#art-4

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