Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 37

En vigor desde 1 dic 2015
1. Para las asociaciones ya inscritas, el plazo de presentación de las solicitudes de inscripción de modificación o actualización de los datos registrales será de un mes, contado desde la fecha que se indica en el capítulo II para cada procedimiento. 2. Cuando las solicitudes se presenten fuera de plazo, se podrá requerir a los interesados la aportación de un certificado en el que se ratifique la vigencia de la variación producida en los datos.
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eli/es/rd/2015/10/23/949#art-37

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