Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Inscripción de constitución de asociaciones

Art. 42

En vigor desde 1 dic 2015
La solicitud de inscripción de la constitución de la asociación deberá presentarse, al menos, por uno de sus promotores.
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eli/es/rd/2015/10/23/949#art-42

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